JUNTA DE GOBIERNO ANTERIORES
Como ha quedado especificado anteriormente, la Junta de Gobierno Local es un órgano de gobierno del ayuntamiento en el que están delegadas determinadas competencias que la Ley reserva al Alcalde.
Muchas de estas sesiones son de trámite, si bien se incluyen determinados acuerdos con incidencia en la vida municipal.
A diferencia del Pleno sus debates no son públicos por lo que no cabe la grabación de la sesión y en dicho órgano solo asisten los tenientes de alcalde que son miembros del equipo de gobierno.
En las actas se reflejan los acuerdos adoptados.